Prensa Agrotime: El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), se regirá por una nueva normativa expuesta en la resolución 090832 y fue aprobada este 26 de enero, se aplicará para todos los comerciantes de insumos agropecuarios y de semillas destinadas al cultivo, están sujetos a cumplir lo instituido tanto los vendedores en los establecimientos como los de las plataformas electrónicas.

La resolución expone que se debe realizar un registro basado en un formato único que contiene información básica del comercializador, usando para ello un sistema online que funciona automáticamente, dependiendo del tipo de actividad. Para quienes hacen ventas en líneas deben registrar la información básica, tales como nombres, apellidos, teléfonos y la dirección del sitio web; Cabe destacar que el registro debe ser actualizado cada 5 años y que los vendedores tienen tres meses contados a partir de su publicación para ingresar la información requerida y para los comerciantes que realicen comercio electrónico, cuentan con 6 meses para realizar el registro que contiene la información básica ante el ICA.

Los comerciantes registrados en el ICA deben especificar las actividades a desarrollar, es decir venden insumos agropecuarios o semillas para cultivar; con el objetivo de evaluar el cumplimiento de la normativa, la calidad de los productos y de las semillas, informar sobre los tratamientos, conservación, transporte, almacenamientos de productos, además de recibir visitas técnicas o inspección por parte del ICA en caso de presentarse irregularidades.

La normativa contempla prohibiciones que van desde la abstención de ventas informales, prohíbe las ventas de medicamentos de control sin la debida autorización y el reenvase de los insumos agropecuarios y de semillas para siembra, también indica que los insumos agropecuarios comercializados deben estar vigente, seguir los protocolos sanitarios de almacenamiento para conservar la calidad del producto.

En cuanto a los establecimientos de distribución y almacenamiento para la comercialización deben mantenerse limpios, tener una iluminación y ventilación adecuada para los productos que requieren ser conservados en altas temperaturas, deben contar con refrigeradores, el talento humano debe ser capacitado en referencia a la indumentaria de seguridad requerida de al tipo de producto que se comercialice, debe conocer y manejar las fichas de seguridad de los productos

En referencia a las ventas de medicamentos y productos de uso veterinario, estos deberán ser clasificados a toxicológica I y II, y deben ser recetados por prescripción médica con un 1 de vigencia y por un veterinario o Zootecnista profesional calificado; En cuanto a los productos químicos, plaguicidas, desinfectantes, insecticidas, demás sustancias peligrosas, deben ser etiquetadas y almacenadas en lugares fuera del alcance de niños y animales, deben ser identificados sobre la toxicidad, recomendaciones sobre la forma de uso  especificadas por los fabricantes.

Fuente: ICA Autor: Prensa Agrotime Foto: archivo

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