Prensa Agrotime: El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), dio a conocer la Resolución 097977 que expone los requisitos necesarios para lograr la certificación de establecimientos dedicados a exportar bovinos y bufalinos en pie, esta certificación se verificará a través de la visita técnica realizada por un Médico Veterinario Zootecnista del ICA, quien emitirá un concepto de acuerdo al cumplimiento de los requisitos; En tanto que los animales destinados a las exportaciones de carne, deberán ser sacrificados solo si lo solicita por el país en cuestión.

Este concepto podrá ser favorable cuando el establecimiento cumpla con el 100 % de requisitos exigidos, para los criterios mayores el 80 %, mientras que para los criterios menores el 60 % de los requisitos establecidos en la resolución; En caso del que el concepto resulte desfavorable cuando el cumplimiento de los criterios mayores estime un 60% y en los criterios menores se obtenga un nivel de cumplimiento menor al 140% de los requisitos planteados.

tan pronto logren la calificación de favorable, el ICA emitirá un certificado de establecimiento exportador, con vigencia indefinida, ya que la institución en el cumplimiento de sus funciones de investigación, vigilancia y control comprobará a través de inspecciones técnicas si se mantiene las condiciones necesarias para continuar con la certificación otorgada.

En cuanto al cumplimiento de los criterios fundamentales, se refieren a normativas oficial establecidas para lograr el estatus fitosanitario requerida en la producción de materia, los requisitos mayores, están vinculado directamente a las condiciones sanitarias de la producción y los requisitos menores, infieren control de inocuidad necesario para garantizar la calidad del producto y si se encuentra apto para el consumo humano.

Para lograr la certificación de establecimientos dedicados a exportar bovinos y bufalinos en pie, es necesario contar con áreas, contenedores para el almacenamiento de alimentos para animales, comederos, suplementos nutricionales, se debe resguardar la calidad, prevenir enfermedades y la propagación de plagas.

En el caso de certificaciones para los establecimientos de exportación para bovinos y bufalinos, con destino ganado en pie por vía marítima, se realizará una inspección exhaustiva por parte del Médico Veterinario asignado por el ICA, quien hará una evaluación clínica para conocer la condición sanitaria de los animales, el plan vacunal, los tratamientos veterinarios, además se les realizaran tomas de muestras diagnósticas de acuerdo con lo establecido por el país de destino.

Fuente: ICA Autor: Danielys Rodriguez Foto: Archivo

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